Los dos reales decretos-ley aprobados por el Gobierno el pasado 29 de septiembre, conocidos popularmente como los decretos de Maricarmen, han sido rechazados hoy por el Congreso de los Diputados. Las dos derogaciones ya se han publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de fecha 2 de octubre de 2026.
Las medidas, impulsadas tras el desahucio de Maricarmen Abascal y las posteriores movilizaciones ciudadanas, contemplaban importantes modificaciones de la legislación en materia de arrendamientos, protección frente a los desahucios y regulación del mercado de la vivienda.
Su derogación supone que las reformas propuestas no se incorporarán de forma permanente al ordenamiento jurídico.
¿Qué medidas contemplaban los decretos?
1. Real Decreto-ley 26/2026: protección de la vivienda y ampliación de la oferta asequible
Este primer decreto introducía un amplio conjunto de medidas que afectaban tanto a propietarios como a arrendatarios.
Entre las principales novedades destacaban:
- Nuevas medidas de protección frente a los desahucios de personas en situación de vulnerabilidad.
- Modificaciones de la regulación de los arrendamientos temporales y por habitaciones.
- Nuevas limitaciones a la actualización anual de las rentas, con un límite general del 2 % en determinados supuestos y restricciones adicionales cuando la renta superase los índices de referencia.
- Medidas para limitar determinadas operaciones de adquisición de viviendas con finalidad especulativa.
- Nuevas obligaciones relacionadas con la identificación de los grandes tenedores y medidas fiscales vinculadas al uso residencial de la vivienda.
2. Real Decreto-ley 27/2026: estabilidad de los contratos de arrendamiento
El segundo decreto se centraba específicamente en reforzar la estabilidad de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual.
Entre sus objetivos figuraba ampliar las garantías de continuidad de los contratos y modificar el régimen de prórrogas previsto en la Ley de Arrendamientos Urbanos.
Ambas normas planteaban cambios relevantes para la gestión de los arrendamientos y para las relaciones contractuales entre propietarios e inquilinos.
El Congreso rechaza los dos decretos
En la sesión celebrada el 2 de octubre de 2026, el Congreso de los Diputados ha rechazado la convalidación de ambas normas.
Los resultados de las votaciones han sido los siguientes:
| Norma | Votos a favor | Votos en contra |
|---|---|---|
| Real Decreto-ley 26/2026 | 172 | 178 |
| Real Decreto-ley 27/2026 | 166 | 184 |
Las resoluciones oficiales que acuerdan su derogación se han publicado ese mismo día en el BOE.
¿Qué sucede ahora con los contratos de alquiler?
La derogación de ambos decretos implica que sus modificaciones legislativas dejan de producir efectos hacia el futuro.
En consecuencia, los contratos de arrendamiento deberán continuar rigiéndose por la legislación que resulte aplicable en cada caso, especialmente por la Ley de Arrendamientos Urbanos y, en Cataluña, por las disposiciones autonómicas vigentes.
Es importante tener en cuenta que la derogación de estos decretos no supone la desaparición de las restantes limitaciones y obligaciones legales que ya afectaban al mercado del alquiler.
Asimismo, cualquier actuación realizada durante el breve periodo de vigencia de las normas deberá examinarse individualmente, atendiendo a sus posibles efectos jurídicos.
La Cambra informa
Desde la Cambra de la Propietat Urbana de Badalona recomendamos a los propietarios y administradores de fincas que, antes de formalizar nuevos contratos, actualizar rentas o iniciar procedimientos relacionados con sus arrendamientos, comprueben la normativa efectivamente aplicable.
Nuestro servicio jurídico está a disposición de los asociados para resolver las dudas que puedan surgir y analizar las consecuencias de las novedades legislativas en cada situación particular.
Documentación oficial: