Autorizadas las obras interiores en pisos y locales si no están habitados

Mediante la Orden SND/385/2020, de 2 de mayo, por la que se modifica la Orden SND/ 340/2020, de 12 de abril (que suspendía determinadas actividades relacionadas con obras de intervención en edificios existentes) y que se ha publicado el pasado día 3/5/2020, se autoriza nuevamente la realización de obras que se realicen en locales, viviendas u otras zonas delimitadas del edificio no habitadas o a las que no tengan acceso los residentes mientras duren las obras, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:

a) Se limite la circulación de trabajadores y materiales por zonas comunes no sectorizadas, y se adopten todas las medidas oportunas para evitar, durante el desarrollo de la jornada, el contacto con los vecinos del inmueble.

b) El acceso y salida de esos locales, viviendas o zonas se produzca al inicio y a la finalización de la jornada laboral.

c) Los trabajadores adopten las medidas de prevención e higiene frente al COVID-19 indicadas por las autoridades sanitarias.

Además, si resulta necesario, se permite a los operarios el acceso a zonas no sectorizadas del edificio, para la realización de las operaciones puntuales de conexión con las redes de servicios del edificio.

Si desea recibir más información al respecto no dude en contactarnos mediante los canales habilitados durante la suspensión de la atención presencial, llamando al 933 841 407, o enviando un correo electrònico a info@cambrabadalona.com