ESTABLECIMIENTO DE TASAS PARA LA OBTENCIÓN DEL CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA
El pasado día 22 de enero de 2014, dentro de la Ley de medidas fiscales y financieras, el Parlament de Catalunya aprovó el establecimiento de una nueva tasa que graba el registro de certificaciones de eficiencia energética de edificios, ya sean nuevos o existentes.
Dicha medida tiene efectos a partir del día 3 de Febrero de 2014 fecha a partir de la cual para la correcta tramitación de cualquier certificado de eficiencia energética deberá abonarse la indicada tasa.
Su coste se calculará en función de la siguiente tabla:
EDIFICIOS EXISTENTES:
* Viviendas unifamiliar o vivienda: 11€
Bloque de viviendas: la tasa será proporcional al número de viviendas del bloque según esta relación: T = 4,90*H + 5,20, donde T será la tasa y H el número de viviendas del bloc.
* Otros usos: 10€ + 0,1 €/m2 (locales)
En ningún caso la tasa será superior a 250 €.
EDIFICIOS DE NUEVA CONSTRUCCIÓN (Sólo edificios acabados):
Vivienda unifamiliar: 20€
Bloc de viviendas: la tasa será proporcional al número de viviendas del bloc según esta relación: T = 9,69*H + 15,62, donde T será la tasa y H el número de viviendas del bloc.
Por otros usos, 20€+0,2 €/m2.
En ningún caso la tasa será superior a 500 €.
Esta tasa está no está sujeta a IVA en ninguno de los casos.
La gestión de la tasa se hará de manera telemática en el mismo momento que se tramita el registro de la certificación de eficiencia energética de edificios.
Los datos de indentificación del pago han de ser los del sujeto pasivo, es decir, los datos del promotor o propietario del edificio o vivienda.