PUBLICADAS LAS BASES PARA TRAMITAR AYUDAS A LA REHABILITACIÓN EDIFICIOS 2017

La Generalitat de Cataluña publicó al DOGC de 28 de Abril las bases reguladoras de las subvenciones a la rehabilitación de edificios. Las bases no presentan ninguna modificación sustancial respecto de años anteriores y quedan resumidas en la siguiente forma,

Actuaciones:
Se agrupan en tres tipos:
a) Obras de conservación. Requieren disponer de la ITE que califique de graves las deficiencias detectadas y se contemplan las relativas a estructuras o cimentaciones; cubiertas, fachadas y medianeras, instalaciones comunitarias de electricidad, fontanería, gas, saneamiento, telecomunicaciones.
Subvención: 2.000 euros por vivienda y por cada 100 metros de local, incrementado en 1.000 euros por vivienda si simultàneament se hacen obras de sostenibilidad, e incrementado en 1.000 euros por vivienda si simultàneament se hacen obras de accesibilidad.
b) Obras referidas a la sostenibilidad. Requieren una reducción del 30 % de la demanda energética. Se contemplan: mejora del envolvente térmico del edificio, instalación de calefacción, refrigeración, agua caliente, instalación de equipos de energía solar, biomasa o geotérmica, mejora de la eficiencia energética de ascensores, ahorro de agua, separación de residuos, medidas de mejora de protección contra el ruido, mejoras de riego y de adecuación de jardinería.
Subvención: 2.000 euros por vivienda y por cada 100 metros de local; 5.000 euros si se obtiene más del 50 % de reducción de la demanda energética.
c) Obras relativas a la accesibilidad. Se contemplan las siguientes actuaciones: instalaciones o modificaciones de ascensores, remuntadors, grúas, formación de rampas, videoporteros, señales sonoras o luminosas de aviso, supresión de barreras arquitectónicas entre la vía publica y el ascensor.
Subvención: 4.000 euros por vivienda y por cada 100 metros de local.
Destinatarios:
a) Comunidades de propietarios b) Los propietarios de edificios
Plazos de ejecución de las obras:
Se tienen que empezar en el plazo de 6 meses desde la concesión de la subvención y se tiene que ejecutar en el plazo de 16 meses.
Costes subvencionables:
Coste de ejecución de las obras más los honorarios facultativos del proyecto más costes de diagnosis y los estudios previos (IAE, ITE, CEE). No incluye IVA ni el impuesto de Construcciones.
La cuantía máxima de la subvención es de 11.000 euros por vivienda y 100 metros de local y no puede superar el 35 % del coste subvencionable, o del 50 % en caso de mejora de accesibilidad.

Si desea ampliar la información o gestionar su tramitación pida hora con nuestro Servicio de Arquitectura, llamando al 93 384 14 07 o remitiendo un correo electrónico a info@cambrabadalona.