Hipotecas – ¿Quién paga el Impuesto de Actos Jurídicos tras la publicación del Real-Decreto?

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El 9 de Noviembre el BOE publicó el Real-Decreto-ley 17/2018, de 8 de noviembre, «por el que se modifica el Texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre».

De esta forma, el gobierno pone fin a la incertidumbre generada por la decisión adoptada en el Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que, revisando las Sentencias dictadas por su Sala Segunda en fechas 16 de Octubre (1505/2018), 22 de Octubre (1523/2018) y 23 de Octubre (1531/2018) que anularon el apartado 2º. del artículo 68 del Reglamento del  Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados,  decidió mantener la obligación de pago del Impuesto para el prestatario, es decir, para el contratante de la hipoteca.

 

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